Por Lic. Guillermo Virgili
Con la reforma constitucional de 2025 y la
reciente ley electoral, quedó consagrado en Santa Fe el sistema electoral de
tipo proporcional y la participación de la ciudadanía en las PASO, primarias
que sirven para decidir quiénes serán los candidatos a los cargos en los
distintos partidos políticos. Hay reelección del Ejecutivo, y la Legislatura
gana en representatividad.
*PASO si ó PASO no, esa es la cuestión
Como dijimos en nuestra nota anterior, el
régimen electoral en una democracia, comprende una serie de normas que regulan
los procedimientos y la forma en que se traducen los votos que emiten los
ciudadanos, en representación política en los distintos cargos y cuerpos
colegiados de la estructura institucional del Estado. No es una cuestión de
segundo orden.
Que un régimen electoral tenga uno u otra
forma, pueden influir fuertemente en la
vida política y en la democracia, y si a nivel nacional se discute la
conveniente de derogar o no las PASO –Primarias Abiertas, Simultáneas y
Obligatorias-, no es menor. En primer lugar, en los Estados Unidos, país tan
simpático para muchos argentinos, las primarias, existen hace tiempo y la
democracia interna dentro de los partidos mayoritarios, son históricas,
amplias, con distintas formas participativas. Es paradójico que, quienes, desde
partidos políticos locales admiradores de la política norteamericana, sean
justamente quienes rechacen y quieran derogar las Primarias, toda una
institución histórica en el país del presidente Trump y compañía. En tan
sentido, y como excede a esta nota, invito a investigar en la IA que son los ¨caucus¨
norteamericanos.
Que haya o no haya las
PASO, no es lo mismo.
No se pueden esgrimir cuestiones presupuestarias para derogarlas, ya que la
democracia no es un costo, es una inversión. Las PASO, fueron una
conquista democrática que se logró a mediados de la década pasada y significó
que los candidatos que presentan los partidos políticos en las elecciones, no
salgan de una oligarquía de dirigentes partidarios que monopolizan el poder
dentro del partido, sino que la ciudadanía elija al que considera más
apropiado, por el voto popular. Otra alternativa fue la elección por los ¨
afiliados¨ a los partidos, colectividad hoy tan manipulable como indefinida. Se
pueden mejorar o modernizar las PASO, pero derogarlas, es un gran retroceso
para la calidad democrática del país. Con criterio sensato, en Santa Fe, han
quedado vigentes.
Como vimos en la nota anterior, en Santa fe las Primarias Abiertas Simultáneas y
Obligatorias –PASO-, para elección de candidatos de los distintos partidos
políticos, que los habilitarán para participar de las elecciones generales,
tendrán 5 boletas una por cada
categoría de candidatos: Gobernador y
Vicegobernador, Diputados provinciales, Senador Provincial, Intendente
Municipal y Concejales, y la novedad son las internas múltiples para Vicegobernador, ya que podrán presentarse un candidato a gobernador con distintos
candidatos a vice, cuyas boletas con distintas fórmulas competirán entre
sí, aunque no se acumularán los votos de las distintas listas, tal como era en
la antigua ley de lemas, que rigiera en nuestra provincia hasta 2003.
* Sistema proporcional o sistema mayoritario
Con la Reforma Constitucional de 2025, se
eliminó la representación automática de 28 diputados para la primera minoría, y
22 diputados en forma proporcional para los restantes partidos políticos. Ahora
las 50 bancas de diputados provinciales
se repartirán en forma proporcional, por el sistema D'Hont, procedimiento que
expresa más fielmente la cantidad de votos emitidos en la distribución de
cargos.
Este sistema fue creado por el jurista belga Victor D´Hont en 1878, que instituyó un
sistema de representación proporcional para asignar los escaños o bancas a las
listas de manera proporcional al número de votos recibidos. Este sistema es el
que ahora rige para distribuir los cargos en la Legislatura Santafesina,
específicamente en la Cámara de Diputados.
El sistema que existía anteriormente, dispuesto
en la Constitución de 1962, era una especie de sistema mayoritario, que buscaba
asegurar mayoría absoluta al ganador de la elección, con el fin de dar
gobernabilidad al sistema, y afianzar el bipartidismo. Obviamente castiga a las
terceras fuerzas, y no representan fielmente la voluntad popular. Rigió algo
similar en nuestro país, antes y durante la sanción de la Ley Sáenz Peña en 1912, donde el partido ganador se llevaba 2/3
de las bancas de diputados, sea cual fuera cantidad de votos que sacara.
En un ejemplo de una hipotética elección, antes
y ahora, para distribuir las bancas de diputados provinciales sería el
siguiente:
|
ELECCION |
SISTEMA MAYORITARIO (Constitución 1962) |
SISTEMA ACTUAL (Reforma 2025) |
|
|
Partido A |
1000 votos – 41 % |
28 Bancas |
21 bancas |
|
Partido B |
700 votos – 29 % |
11 Bancas |
15 Bancas |
|
Partido C |
500 votos – 21 % |
8 Bancas |
10 Bancas |
|
Partido D |
200 votos – 8 % |
3 Bancas |
4 Bancas |
|
Total: |
2400 votos |
50 Bancas |
50 Bancas |
Las conclusiones más evidentes son:
·
El partido
ganador o mayoritario –o sea el del gobernador electo-, no se asegura mayoría absoluta (25 bancas) para aprobar leyes
·
Se amplía la
participación de los partidos
minoritarios en la Legislatura
·
La
distribución de bancas se hará entre las listas de candidatos que hayan
obtenido más del 4 % de adhesión
popular, del total de inscriptos en el padrón provincial.
Para ampliar y profundizar sobre estos temas, sus efectos e
implicancias, nos vemos en la próxima nota. Abrazo a todos.
Guillermo Virgili
Licenciado y Docente
en Ciencia Política - UNR
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